En un giro definitivo para la crisis institucional que atraviesa la Universidad Autónoma de Chiriquí (UNACHI), la Procuraduría de la Administración de la República de Panamá emitió la Nota C-081-26, fechada el 1 de junio de 2026, en la cual aclara la competencia legal del Consejo Universitario respecto a la renuncia formal de la rectora Etelvina Medianero de Bonagas.
El documento, firmado por el Procurador de la Administración y dirigido al Ministro de Educación Encargado, Roberto Sevillano, responde a una consulta jurídica formal sobre si el órgano universitario poseía la facultad legal para aceptar o rechazar la dimisión de la máxima autoridad de dicha casa de estudios.
El dictamen jurídico fundamenta su análisis en el Principio de Legalidad (recogido en el artículo 18 de la Constitución Política y el artículo 34 de la Ley No. 38 de 2000), el cual estipula que los servidores públicos solo pueden hacer estrictamente lo que la ley les permite.
Bajo una correcta hermenéutica jurídica, la Procuraduría concluyó taxativamente los siguientes puntos:
- Decisión libre e irrenunciable: La renuncia a un cargo público constituye una manifestación de la voluntad personal y una expresión del ejercicio de la libertad. Por ende, es un derecho y una decisión libre, autónoma y justificada.
- Sin facultad para rechazarla: El Consejo General Universitario de la UNACHI no ostenta la facultad legal ni reglamentaria para «No aceptar la renuncia fechada el 11 de mayo de 2026 de la profesora ETELVINA MEDIANERO DE BONAGAS…».
- No es un acto revisable: La dimisión presentada ante el cuerpo colegiado no constituye un acto administrativo objeto de evaluación o recurrible por ninguna instancia ni órgano constitutivo de la estructura universitaria. El Consejo General tiene la obligación inmediata de recibir, aceptar y formalizar la renuncia para cubrir la vacante.
Tras determinarse la separación absoluta del cargo, la Procuraduría de la Administración trazó la ruta legal para la transición de la dirigencia universitaria, conforme a los estatutos institucionales:
«Al producirse la vacante absoluta del Rector de la Universidad Autónoma de Chiriquí durante los cuatro (4) primeros años del periodo, el Tribunal Superior de Elecciones deberá convocar, en un plazo no mayor de tres meses, a nuevas elecciones para completar el periodo…».
De ocurrir la vacante en el último año del período, el Vicerrector Académico sería el encargado de completar el mandato; sin embargo, al encontrarse dentro del término inicial, la comunidad universitaria deberá acudir nuevamente a las urnas.
Este dictamen se emite en un momento crítico, mientras el Ministerio de Educación (Meduca) mantiene en paralelo denuncias penales ante el Ministerio Público y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) por presuntas irregularidades presupuestarias y de gestión en la UNACHI.





