El Presidente sancionó ese miércoles 13 de octubre el proyecto de ley 153 que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados, aprobado por la Asamblea el pasado 30 de agosto. Con esta medida, quedan reglamentadas la importación, exportación y cultivo de la planta; crea además un registro de personas autorizadas para utilizarla con esos fines.
Siendo más precisos en lo que indica la norma »se regula la evaluación, seguimiento y control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, análisis de laboratorio, adquisición a cualquier título, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, disposición final, uso de las semillas debidamente autorizadas para siembra de la planta de cannabis, así como de derivados del cannabis medicinal, para fines médicos, terapéuticos, veterinarios, científicos y de investigación».
La norma indica que el Ministerio de Salud (MINSA) tendrá la potestad de determinar la cantidad de licencias para la fabricación de productos derivados del cannabis, sin embargo, como medida preventiva y con el fin de estudiar la manera en que se mueve el mercado, únicamente se podrán otorgar siete licencias dentro de los primeros cinco años de promulgada la ley.
Cada licencia tendrá un costo aproximado de 150 mil dólares. La comercialización a domicilio o vía internet de los productos derivados del cannabis queda terminantemente prohibida.