El Congreso de Guatemala aprobó en pleno Día de la Mujer una ley que endurece las penas de cárcel por aborto y prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo y la educación sobre diversidad sexual.
La «Ley para la Protección de la Vida y la Familia» sanciona con hasta 10 años de cárcel a «la mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause». En la ley actual la pena máxima es de tres años.
El texto, que quedó listo para ser promulgado por el presidente Alejandro Giammattei, castiga con prisión de hasta 50 años al responsable de un «aborto o de maniobras abortivas efectuadas sin consentimiento de la mujer» y que causen la muerte de esta, delito considerado como un «aborto calificado».
En Guatemala solo está permitido el denominado aborto terapéutico, cuando está en peligro la vida de la madre, que ahora tendrá un mayor control, según la nueva ley.
Fuente: AFP